VOTO CONCURRENTE DEL JUEZ ALIRIO ABREU BURELLI  25 de noviembre de 2003.CIDH.

De acuerdo con lo narrado en la Sentencia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos alegó, en su demanda, que el Estado de Guatemala es responsable de la privación arbitraria del derecho a la vida de Myrna Mack, toda vez que el asesinato de ésta, perpetrado el día 11 de septiembre de 1990, fue consecuencia de una operación de inteligencia militar, que obedeció a un plan previo y cuidadosamente elaborado por el alto mando del Estado Mayor Presidencial.

Dicho plan consistió, en primer lugar, en encubrir a los autores materiales e intelectuales del asesinato, entorpecer la investigación judicial y dejar en la medida de lo posible el asesinato inmerso en la impunidad.

La Comisión agregó que el Estado no ha utilizado todos los medios a su disposición para realizar una investigación seria y efectiva que sirva de base para el esclarecimiento completo de los hechos, el procedimiento, juzgamiento y sanción de todos los responsables, tanto autores materiales como intelectuales dentro de un plazo razonable.

Esta situación se ha visto agravada por la existencia y tolerancia por parte del Estado guatemalteco de mecanismos de hecho y de derecho que obstaculizan una adecuada administración de justicia.

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