Guatemala, 11 de septiembre de 1987
El Presidente de la República,
Considerando:
Que en el inciso c) del punto 1, Reconciliación Nacional, del "Procedimiento para Establecer la Paz Firme y Duradera en Centroamérica", suscrito por los Presidentes de los países centroamericanos, en la ciudad de Guatemala, el 7 de agosto de 1987, se establece la creación de una Comisión Nacional de Reconciliación, con los fines y funciones establecidas en dicho documento, la cual estará integrada en la forma que en el mismo se especifica.

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