En Guatemala,lasvíctimasdelconflictoarmado interno (1960-1996) han enfrentado grandes dificultades para acceder a la reparación. El principal obstáculo ha sido la falta de voluntad política de los distintos gobiernos posteriores a la firma de la paz para cumplir con el deber del Estado de reparar los daños causados a las víctimas y sobrevivientes, particularmente a las comunidades indígenas que fueron arrasadas por la guerra. Además de la incapacidad de los directivos del Programa Nacional de Resarcimiento (PNR) para cumplir con su trabajo.

El PNR se creó en el 2003 como parte de los Acuerdos de Paz. El Acuerdo sobre Bases para la Incorporación de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) a la Legalidad establece que “toda violación a un derecho humano da lugar a un derecho de la víctima a obtener reparación e impone al Estado el deber de reparar”. Este acuerdo también contempla que la entidad estatal que tendrá a su cargo el resarcimiento debe tomar en cuenta las recomendaciones de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH).

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