Tras la firma de los Acuerdos de Paz, la situación de algunos acuerdos gubernativos dio un giro sustancial en materia de la búsqueda de justicia para las víctimas del Conflicto Armado Interno y en beneficio de la sociedad guatemalteca.
El Acuerdo sobre el establecimiento de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico de las violaciones a los derechos humanos y los hechos de violencia que han causado sufrimiento a la población guatemalteca, se realizó el 23 de junio de 1994. El mandato de la comisión era “Elaborar un informe que contenga los resultados de las investigaciones realizadas y ofrezca elementos objetivos de juicio sobre lo acontecido durante este período abarcando todos los factores, internos y externos”.1
El Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas -AIDPI-,fundamental para la transformación del Estado y la Nación guatemalteca, se firmó durante las negociaciones de la firma de los Acuerdos de Paz, entre las partes el 31 de marzo de 1995. Constituyó un hito histórico al reconocer que los derechos de los Pueblos Indígenas (Maya, Xinca y Garífuna) son fundamentales y de trascendencia histórica porque se reconoce la identidad de los pueblos indígenas con base en su descendencia directa de los Mayas, así como su propia cosmovisión y cultura, a pesar de la pluralidad de las expresiones socioculturales en la actualidad.2 El Estado ha realizado aplicaciones de algunas políticas de Estado que de forma incipiente reconocen a un país multiétnico, pluricultural y multilingüe.
El Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria, se firmó en 1996, y busca crear o fortalecer los mecanismos y las condiciones que garanticen una participación efectiva de la población en la búsqueda de un Estado democrático que promueva la concertación social y la resolución de conflictos.3 Aún cuando este Acuerdo contempla el aspecto educativo, destacando la escolarización completa, es desafortunadamente un compromiso fundamental que el Estado no ha tenido la capacidad de cumplir, de igual manera en los aspectos de seguridad, capacidad de generar empleo, salud y seguridad.
El Decreto Número 06-2004 aprobado el 18 de marzo de 2004, decreta la Ley que conmemora el 25 de febrero de cada año, como el Día Nacional de la Dignidad de las Víctimas del Conflicto Armado Interno, contribuyendo al reconocimiento y la dignificación de las víctimas del Conflicto.4
El Acuerdo Gubernativo 539-2013, contiene la creación del Programa Nacional de Resarcimiento -PNR- creado por el Acuerdo Gubernativo 258-2003 y sus reformas. El PNR se constituye como la institución del Estado, creada tras la firma de los Acuerdos de Paz, destinada al resarcimiento y atención a las víctimas del Conflicto Armado Interno.5
El Acuerdo Gubernativo No. 264-2006, de fecha 25 de mayo de 2006, acordó crear con carácter temporal y como órgano de consulta y asesoría, la Comisión del Organismo Ejecutivo para la Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el Conflicto Armado Interno, con el objeto de de coordinar los esfuerzos de sus integrantes con otros organismos e instituciones del Estado y entidades de la sociedad civil, para establecer mecanismos aplicables en el proceso de búsqueda, investigación y esclarecimiento sobre el paradero de los desaparecidos en forma forzada o involuntariamente durante el conflicto armado interno que concluyó con la firma de los Acuerdos de Paz.6
El Acuerdo Gubernativo No. 525-99 de fecha 19 de julio de 1999, acuerda la creación de la Defensoría de la Mujer Indígena, adscrita a la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutiva en materia de Derechos Humanos -COPREDEH-. La Defensoría pasó en 2001 de ser dependencia de -COPREDEH- a ser de la Presidencia de la República, permitiendo con ello, la institucionalidad en la lucha contra la discriminación legal y de hecho, que se buscaba con el AIDPI en el marco de la firma de los Acuerdos de Paz.7